Modelo 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero
El Real Decreto 1558/2012 establece la obligación de informar a Hacienda de los bienes y derechos superiores en su conjunto a 50.000,00€.
Se debe informar sobre:
- Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
- Información sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
- Información sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
La declaración no implica pago alguno y es meramente informativa.
La presentación del Modelo 720, «Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero», se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a subministrar. No obstante, la presentación de la «Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero«, modelo 720, correspondiente al ejercicio 2012 se realizará durante los meses de marzo y abril de 2013.
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