¿Qué bonificaciones puedo obtener al contratar trabajadores?

¿Quieres saber si existen ayudas o incentivos para contratar trabajadores y cómo puedes solicitarlos?

Hay muchos casos en los que, al hacer un nuevo contrato o al renovar un contrato existente, puedes beneficiarte como empresa o como trabajador de unas bonificaciones o reducciones en las cuotas de la seguridad social. Es importante ser consciente de ello, debido al coste elevado que supone la contratación para un empresario, que muchas veces prescinde de trabajadores porque no puede costeárselos.

Os desglosamos a continuación algunas de las bonificaciones e incentivos más recurrentes, para que podáis tenerlo en cuenta si estáis pensando en contratar.

En general, podréis apreciar que se orientan a ciertos colectivos que la administración quiere potenciar y para los que, por tanto, ofrece ayudas y subvenciones. Estos colectivos son:

  • Personas con discapacidad.
  • Mayores de 45 años
  • Menores de 30 años.
  • Trabajadores de ETT.

En el post de hoy hablaremos de los dos primeros.

¿En qué consisten estos incentivos para contratar trabajadores?

En reducciones en la cuota de la Seguridad Social que se imputa a la empresa. Nunca supone un pago al empresario ni al trabajador.

¿Qué deducciones existen para contratar trabajadores con discapacidad?

Todas las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Las bonificaciones serían las siguientes:

  • Contratos indefinidos o conversión en indefinidos de contratos temporales.
    • Menores de 45 años y personas con discapacidad:  4.500 € anuales para hombres y 5.350 € para mujeres.
    • Para discapacidad severa: 5.100 € anuales hombres y 5.950 mujeres.
    • mayores de 45 años y discapacidad: 5.700 € anuales y discapacidad severa 6.300 €.
    • La duración de las bonificaciones sería, para contratación indefinida mientras dure el contrato y para conversión de contratos temporales durante tres años.
  • Contratos temporales de fomento al empleo para inscritos como demandantes de empleo.
    • Menores de 45 años y personas con discapacidad 3.500 € anuales para hombres y 4.100 € para mujeres. Para discapacidad severa 4.100 € anuales hombres y 4.700 mujeres.
    • Mayores de 45 años y discapacidad: 4.100 € anuales hombres y 4.700 mujeres y discapacidad severa 4.700 hombres y 5.300 € mujeres.
    • La duración de las bonificaciones sería, mientras dure el contrato.
  • Contratos formativos.
    • Formación y aprendizaje sin límite de edad e inscritos como demandantes de empleo: reducción del 100% de las cuotas en el caso de empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% en el caso de empresas demás de 250 trabajadores.
    • Contratos en prácticas:  reducción para todo tipo de empresas del 50% de las cuotas de empresa por contingencias comunes.
    • La duración de las bonificaciones, mientras dure el contrato.

¿Qué deducciones existen para contratar trabajadores mayores de 45 años?

  • Bonificaciones en contratos indefinidos
    • Si realizamos contratos indefinidos, ya sea jornada completa o parcial,  realizados por emprendedores o pymes de menos de 50 trabajadores, a trabajadores mayores de 45 años inscritos como demandantes de empleo:
    • Estos contratos tendrán derecho a bonificaciones de 1.300 € anuales por un período máximo de tres años con carácter general y 1.500 € anuales para mujeres en ocupaciones en las que este colectivo esté menos representado.
  • Bonificaciones a trabajadores desempleados mayores de 52 años
    • Bonificaciones a trabajadores desempleados mayores de 52 años, a tiempo completo y de forma indefinida, que pueden compatibilizar los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena.

Como los anteriores, existen muchos más beneficios fiscales y ayudas a la contratación, no dudes en consultarnos si estás pensando en contratar.


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