¿Estás jubilado, has percibido pensiones del extranjero y no las has declarado en renta?

Muchas personas hoy jubiladas que emigraron al extranjero hace años, perciben pensiones por las cotizaciones que pagaron durante esos años. Se trata de contribuyentes que no declaran en muchos casos estos ingresos, por desconocimiento y porque además no aparecen tales rentas en los borradores que envía la Agencia Tributaria.

Sin embargo la normativa obliga a todos los residentes en España a declarar todas las rentas obtenidas aunque procedan del extranjero y siempre que estén obligados a presentar declaración de la renta por superar los límites establecidos por la ley actualmente 22.000,00 anuales que disminuye hasta 11.200,00€ (12.000,00 a partir de 2015) si los rendimientos proceden de más de un pagador.

La novedad es que pueden presentar las declaraciones complementarias de IRPF de los ejercicios no prescritos (2010,2011,2012 y 2013) entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015 sin recargos, intereses de demora ni sanciones de acuerdo con la reforma fiscal del IRPF prevista para el 2015.

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