Novedades en la Declaración de la Renta de 2014

Os presentamos algunas de las novedades que se aplicarán en la declaración de renta correspondiente al 2014.

Exenciones y retribuciones en especie aplicables al trabajador

Se introduce un nuevo límite adicional de 180.000 euros para las indemnizaciones por despido exentas contempladas en el artículo 7.e) de la LIRPF.

Este límite se aplica (D.T. 22ª, que entró en vigor el 29-11-2014):

  • A las indemnizaciones por despido o cese producidos a partir del 1 de agosto de 2014.
  • Los despidos que deriven de un ERE aprobado o un despido colectivo comunicado a la autoridad laboral con posterioridad a 1 de agosto de 2014.

Actividades económicas en módulos.

  • Desde el 1 de enero de 2014 están obligados a llevar el libro registro de ventas e ingresos los contribuyentes que ejerzan las actividades económicas en estimación objetiva susceptibles de retención al 1 por 100.

Ganancias y pérdidas patrimoniales: exención

Con efectos desde 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos, se declaran exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la:

  • Dación en pago de la vivienda habitual del deudor o garante del mismo, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades de crédito o análogas.
  • Transmisión de vivienda realizada en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales, cuando concurran los mismos requisitos que para la dación en pago.

Requisito: que el propietario de la vivienda habitual no disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda.

  • Están exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión a partir del 7 de julio de 2014 de acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación que hayan permanecido en el patrimonio del contribuyente por un período superior a tres años (contados de fecha a fecha) desde su adquisición, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones establecidos en la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley del IRPF en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2012.
  • Exención del 50% de las ganancias patrimoniales por transmisión de bienes inmuebles urbanos adquiridos entre el 12/05/2012 y el 31/12/2012.

 

Si tenéis interés en conocerlas todas (integración y compensación de rentas negativas procedentes de preferentes o deudas subordinadas, deducciones por inversión empresarial, etc) o profundizar más en alguna de ellas no dudéis en poneros en contacto con nosotros.


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