La nueva plusvalía municipal

El pasado 26 de octubre de 2021, el PLENO del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL(TC) declaró contrario a derecho el IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA (IIVTNU) también conocido como PLUSVALIA MUNICIPAL, en referencia al método de cálculo de la base imponible de este tributo

El obligado al pago de este impuesto, es el vendedor cuando se vende una vivienda, el donatario, o persona que reciba el inmueble cuando se trata de una donación, y el heredero en las aceptaciones de herencias.

La argumentación jurídica se fundamenta en que el cálculo de la base imponible del referido impuesto, establece un método objetivo de determinación de la base imponible que determina que siempre haya existido un aumento en el valor de los terrenos durante el período de imposición, con independencia de si ha existido realmente un incremento y la cuantía real de ese incremento. Por este motivo, se declaran inconstitucionales los artículos 107.1, 107.2 a) y 107.4 que son los que determinan el cálculo del impuesto

El 10 de noviembre de 2021 entró en vigor la modificación normativa con el objetivo de que la plusvalía municipal sea legal y constitucional, materializada mediante el Real Decreto 26/2021 de 8 de noviembre que carece de efectos retroactivos.

El Real Decreto establece dos alternativas de cálculo del impuesto:

  • La fórmula objetiva mediante la cual se multiplicará el valor catastral del inmueble con nuevos coeficientes.
  • La fórmula real que consistirá en un cálculo sobre la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de compra o transmisión del inmueble.

Si el contribuyente demuestra que la plusvalía real es inferior a la resultante del método de estimación objetiva podrá aplicar la real. De esta forma quien vende una casa con pérdidas, está exento del pago del impuesto, a partir del 10 de noviembre de 2021.

Otra novedad es que serán grabadas las plusvalías generadas en menos de un año, calculadas entre la fecha de adquisición y la fecha de alineación.

Los ayuntamientos tendrán 6 meses para adaptar la nueva normativa, en su marco legal.


Sin comentarios para "La nueva plusvalía municipal"


    ¿Quieres comentar la noticia?

    Puedes añadir html

    Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.